Test: Atención a la diversidad e inclusión educativa

Repasa la atención a la diversidad según la LOMLOE: el alumnado con necesidad específica de apoyo educativo, los principios de inclusión y normalización, el DUA y las medidas de atención individualizada.

⚖️ Fuente: LOMLOE (LO 3/2020) — Ley Orgánica de Educación (LO 2/2006), Título II, arts. 71-79 bis · 25 preguntas

Pregunta 1 de 25
La ley que introdujo el principio de inclusión educativa como eje del sistema educativo español es:
📖 LOMLOE (LO 3/2020)
Explicación: La LOMLOE (Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre), que modifica la LOE, sitúa la inclusión educativa y la atención a la diversidad como principios rectores del sistema educativo.
El alumnado con necesidad específica de apoyo educativo (NEAE) se regula en la LOE (redacción LOMLOE) en:
📖 Título II LOE (LOMLOE)
Explicación: El Título II de la LOE (redacción LOMLOE), «Equidad en la Educación», regula en su Capítulo I al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo (arts. 71 y siguientes).
El alumnado con necesidades educativas especiales (NEE) es, conforme al art. 73 LOE, aquel que:
📖 Art. 73 LOE (LOMLOE)
Explicación: El art. 73 LOE define el alumnado con necesidades educativas especiales como aquel que requiere, por un periodo de su escolarización o a lo largo de toda ella, apoyos y atenciones educativas específicas derivadas de discapacidad o de trastornos graves de conducta, de la comunicación y del lenguaje.
La escolarización del alumnado con necesidades educativas especiales se rige, según el art. 74 LOE, por los principios de:
📖 Art. 74 LOE (LOMLOE)
Explicación: El art. 74 LOE establece que la escolarización del alumnado con NEE se regirá por los principios de normalización e inclusión, y asegurará su no discriminación y la igualdad efectiva en el acceso y permanencia en el sistema educativo.
El alumnado con altas capacidades intelectuales recibe atención específica conforme al:
📖 Art. 76 LOE (LOMLOE)
Explicación: El art. 76 LOE obliga a las Administraciones educativas a adoptar medidas para identificar al alumnado con altas capacidades intelectuales y valorar de forma temprana sus necesidades, así como a adoptar planes de actuación adecuados.
La adaptación del currículo a las características de un alumno concreto con NEE se denomina:
📖 LOMLOE — atención a la diversidad
Explicación: Las adaptaciones curriculares son medidas de atención a la diversidad que ajustan los elementos del currículo (metodología, actividades, evaluación) a las necesidades del alumnado, dentro del marco de la LOMLOE.
El enfoque que la LOMLOE promueve para que el currículo sea accesible a todo el alumnado desde su diseño se denomina:
📖 LOMLOE — DUA
Explicación: La LOMLOE incorpora el Diseño Universal para el Aprendizaje (DUA) como principio para diseñar entornos y propuestas accesibles que permitan a todo el alumnado aprender, reduciendo las barreras.
El alumnado que se incorpora de forma tardía al sistema educativo español recibe atención conforme al:
📖 Art. 78 LOE (LOMLOE)
Explicación: El art. 78 LOE regula la integración del alumnado que se incorpora de forma tardía al sistema educativo español (por ejemplo, procedente de otros países), favoreciendo su incorporación al curso adecuado a sus circunstancias y conocimientos.
Las dificultades específicas de aprendizaje (como la dislexia) están contempladas dentro del NEAE en:
📖 Art. 79 bis LOE (LOMLOE)
Explicación: El art. 79 bis LOE establece que corresponde a las Administraciones educativas adoptar medidas para identificar, valorar y atender lo antes posible al alumnado con dificultades específicas de aprendizaje.
Uno de los principios del sistema educativo establecidos en el art. 1 de la LOE (redacción LOMLOE) es:
📖 Art. 1 LOE (LOMLOE)
Explicación: El art. 1 de la LOE (redacción LOMLOE) recoge entre los principios del sistema educativo la equidad, que garantice la igualdad de oportunidades, la inclusión educativa y la no discriminación, actuando como elemento compensador de las desigualdades.
La atención a la diversidad, según la LOMLOE, debe regirse por el principio de:
📖 LOMLOE — principios de atención a la diversidad
Explicación: La LOMLOE establece que la atención a la diversidad debe basarse en la detección e intervención temprana, la accesibilidad universal y la personalización de los aprendizajes, evitando la segregación del alumnado.
Los recursos para que el alumnado con NEAE alcance el máximo desarrollo de sus capacidades deben proporcionarlos:
📖 Art. 72 LOE (LOMLOE)
Explicación: El art. 72 LOE dispone que las Administraciones educativas dotarán a los centros de los recursos necesarios para atender adecuadamente a este alumnado, garantizando los medios y apoyos precisos.
Conforme al art. 71.1 LOE (redacción LOMLOE), la finalidad de las medidas de atención a la diversidad es:
📖 Art. 71.1 LOE (LOMLOE)
Explicación: El art. 71.1 LOE dispone que las Administraciones educativas dispondrán los medios necesarios para que todo el alumnado alcance el máximo desarrollo personal, intelectual, social y emocional, garantizando la igualdad efectiva de oportunidades.
El alumnado con necesidad específica de apoyo educativo (NEAE), según el art. 71.2 LOE, es aquel que requiere:
📖 Art. 71.2 LOE (LOMLOE)
Explicación: El art. 71.2 LOE define como NEAE al alumnado que requiere una atención educativa diferente a la ordinaria por presentar necesidades educativas especiales, dificultades específicas de aprendizaje, TDAH, altas capacidades intelectuales, incorporación tardía al sistema o condiciones personales o de historia escolar.
Según el art. 71.3 LOE, la identificación y valoración de las necesidades del alumnado NEAE se realizará:
📖 Art. 71.3 LOE (LOMLOE)
Explicación: El art. 71.3 LOE establece que la identificación y valoración de las necesidades educativas de este alumnado se realizará lo más tempranamente posible, por personal con la debida cualificación.
El art. 75 LOE, sobre la integración social y laboral del alumnado con NEE, prevé:
📖 Art. 75 LOE (LOMLOE)
Explicación: El art. 75 LOE dispone que, con la finalidad de facilitar la integración social y laboral del alumnado con NEE que no pueda conseguir los objetivos de la educación obligatoria, las Administraciones fomentarán ofertas formativas adaptadas a sus necesidades.
Para el alumnado con altas capacidades intelectuales, el art. 77 LOE permite:
📖 Art. 77 LOE (LOMLOE)
Explicación: El art. 77 LOE habilita al Gobierno, previa consulta a las CCAA, para establecer las normas que permitan flexibilizar la duración de cada una de las etapas del sistema educativo para el alumnado con altas capacidades, con independencia de su edad.
El art. 80 LOE establece que, para hacer efectivo el principio de igualdad, se desarrollarán:
📖 Art. 80 LOE (LOMLOE)
Explicación: El art. 80 LOE (Capítulo II, compensación de las desigualdades en educación) dispone que se desarrollarán acciones de carácter compensatorio en relación con las personas, grupos y ámbitos territoriales que se encuentren en situaciones desfavorables.
El art. 82 LOE, sobre la igualdad de oportunidades en el mundo rural, obliga a las Administraciones a:
📖 Art. 82 LOE (LOMLOE)
Explicación: El art. 82 LOE establece que las Administraciones educativas tendrán en cuenta el carácter singular de la escuela rural a fin de proporcionar los medios y sistemas organizativos necesarios para atender a sus necesidades específicas y garantizar la igualdad de oportunidades.
Conforme al art. 83 LOE, para garantizar la igualdad de todas las personas en el ejercicio del derecho a la educación se establece:
📖 Art. 83 LOE (LOMLOE)
Explicación: El art. 83 LOE dispone que, para garantizar la igualdad de todas las personas en el ejercicio del derecho a la educación, los estudiantes con condiciones socioeconómicas desfavorables tendrán derecho a obtener becas y ayudas al estudio.
El art. 84 LOE, sobre la admisión de alumnos, prohíbe la discriminación por:
📖 Art. 84 LOE (LOMLOE)
Explicación: El art. 84.3 LOE establece que en ningún caso habrá discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social en la admisión del alumnado.
El RD 157/2022 (enseñanzas mínimas de Primaria), respecto a la atención a las diferencias individuales, dispone que las medidas:
📖 RD 157/2022, de 1 de marzo
Explicación: El RD 157/2022 establece que las medidas de atención a la diversidad y a las diferencias individuales se rigen por los principios de inclusión educativa y se orientan por el Diseño Universal para el Aprendizaje, evitando cualquier tipo de segregación.
Según el art. 121 LOE, el proyecto educativo del centro debe recoger, entre otros aspectos:
📖 Art. 121 LOE (LOMLOE)
Explicación: El art. 121 LOE dispone que el proyecto educativo del centro recogerá los valores, objetivos y prioridades de actuación, e incorporará la concreción de los currículos, el tratamiento transversal, la forma de atención a la diversidad y la acción tutorial.
El principio de no discriminación que sustenta la atención a la diversidad tiene su base constitucional en:
📖 Art. 14 CE
Explicación: El art. 14 CE establece que los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
La Constitución, en su art. 49, ordena a los poderes públicos:
📖 Art. 49 CE
Explicación: El art. 49 CE ordena a los poderes públicos promover las políticas que garanticen la plena autonomía personal y la inclusión social de las personas con discapacidad, amparándolas especialmente para el disfrute de sus derechos.

⚠️ Preguntas basadas en textos legales oficiales. Verifica siempre la normativa vigente en el BOE.