Test: Igualdad efectiva de mujeres y hombres — LO 3/2007 — Correos | 25 preguntas
Repasa la LO 3/2007: discriminación directa e indirecta, acoso, planes de igualdad y composición equilibrada. Cada pregunta cita el artículo exacto.
⚖️ Fuente: Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres (BOE-A-2007-6115) · 25 preguntas
Pregunta 1 de 25
¿Cuál es el objeto de la Ley Orgánica 3/2007?
📖 Art. 1 LO 3/2007
Explicación: El art. 1 establece que la ley tiene por objeto hacer efectivo el derecho de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, eliminando toda discriminación por razón de sexo.
¿Cómo define el art. 6 la discriminación indirecta por razón de sexo?
📖 Art. 6 LO 3/2007
Explicación: El art. 6.2 define la discriminación indirecta como la situación en que una disposición, criterio o práctica aparentemente neutros ponen a personas de un sexo en desventaja particular respecto del otro.
Según el art. 7, ¿qué se entiende por acoso por razón de sexo?
📖 Art. 7 LO 3/2007
Explicación: El art. 7 distingue el acoso sexual (conducta de naturaleza sexual) del acoso por razón de sexo (comportamiento en función del sexo) con el propósito o efecto de atentar contra la dignidad y crear un entorno intimidatorio, degradante u ofensivo.
El trato desfavorable a una mujer relacionado con el embarazo o la maternidad constituye…
📖 Art. 8 LO 3/2007
Explicación: El art. 8 califica como discriminación directa por razón de sexo todo trato desfavorable a las mujeres relacionado con el embarazo o la maternidad.
¿Qué empresas están obligadas a elaborar y aplicar un plan de igualdad?
📖 Art. 45 LO 3/2007
Explicación: El art. 45.2 obliga a elaborar y aplicar un plan de igualdad a las empresas de cincuenta o más personas trabajadoras (tras la reforma del RD-ley 6/2019).
¿Qué porcentajes definen una composición o presencia equilibrada de mujeres y hombres?
📖 Disposición adicional primera LO 3/2007
Explicación: La disposición adicional primera entiende por composición equilibrada aquella en que las personas de cada sexo no superen el 60% ni sean menos del 40% del conjunto.
¿Qué son las acciones positivas según el art. 11?
📖 Art. 11 LO 3/2007
Explicación: El art. 11 autoriza a los poderes públicos a adoptar medidas específicas y razonables a favor de las mujeres para corregir situaciones patentes de desigualdad de hecho, aplicables en tanto subsistan dichas situaciones.
El distintivo empresarial en materia de igualdad regulado en el art. 50 se denomina…
📖 Art. 50 LO 3/2007
Explicación: El art. 50 crea el distintivo 'Igualdad en la Empresa' para reconocer a las empresas que destaquen por la aplicación de políticas de igualdad de trato y oportunidades.
El principio de igualdad de trato y oportunidades debe integrarse en todas las políticas públicas. Esto se conoce como…
📖 Art. 15 LO 3/2007
Explicación: El art. 15 consagra la transversalidad: el principio de igualdad de trato informará, con carácter transversal, la actuación de todos los poderes públicos.
En procesos donde se alegue discriminación por razón de sexo, ¿a quién corresponde probar la ausencia de discriminación?
📖 Art. 13 LO 3/2007
Explicación: El art. 13 invierte la carga de la prueba: cuando se aleguen indicios fundados de discriminación por sexo, corresponde a la persona demandada probar la ausencia de discriminación.
¿Qué reconoce el art. 44 sobre los derechos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral?
📖 Art. 44 LO 3/2007
Explicación: El art. 44 establece que los derechos de conciliación se reconocerán a los trabajadores y trabajadoras de forma que fomenten la asunción equilibrada de las responsabilidades familiares, evitando toda discriminación por su ejercicio.
En el empleo público, ¿qué deben aprobar las Administraciones para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres?
📖 Art. 51 LO 3/2007
Explicación: El art. 51 obliga a las Administraciones públicas a remover obstáculos que impliquen discriminación y a establecer medidas efectivas de protección frente al acoso sexual y por razón de sexo.
¿Cómo define el art. 6.1 la discriminación directa por razón de sexo?
📖 Art. 6.1 LO 3/2007
Explicación: El art. 6.1 define la discriminación directa por razón de sexo como la situación en que se encuentra una persona que sea, haya sido o pudiera ser tratada, en atención a su sexo, de manera menos favorable que otra en situación comparable.
Según el art. 7.1, el acoso sexual es:
📖 Art. 7.1 LO 3/2007
Explicación: El art. 7.1 define el acoso sexual como cualquier comportamiento, verbal o físico, de naturaleza sexual que tenga el propósito o produzca el efecto de atentar contra la dignidad de una persona, en particular cuando se crea un entorno intimidatorio, degradante u ofensivo.
El art. 9 reconoce la garantía de indemnidad, que protege frente a:
📖 Art. 9 LO 3/2007
Explicación: El art. 9 establece la garantía de indemnidad: nadie podrá ser objeto de trato adverso o efecto negativo como consecuencia de presentar una queja, reclamación, denuncia, demanda o recurso destinado a exigir el cumplimiento del principio de igualdad de trato.
Según el art. 10, los actos y cláusulas que constituyan discriminación por razón de sexo serán:
📖 Art. 10 LO 3/2007
Explicación: El art. 10 dispone que los actos y las cláusulas de los negocios jurídicos que constituyan o causen discriminación por razón de sexo se considerarán nulos y sin efecto, y darán lugar a responsabilidad a través de un sistema de reparaciones o indemnizaciones reales, efectivas y proporcionadas.
El art. 5 extiende el principio de igualdad de trato en el empleo a:
📖 Art. 5 LO 3/2007
Explicación: El art. 5 garantiza la igualdad de trato y de oportunidades en el acceso al empleo, en la formación y promoción profesionales y en las condiciones de trabajo, tanto en el empleo privado como en el público.
El art. 48 obliga a las empresas a:
📖 Art. 48 LO 3/2007
Explicación: El art. 48 obliga a las empresas a promover condiciones de trabajo que eviten el acoso sexual y el acoso por razón de sexo, y a arbitrar procedimientos específicos para su prevención y para dar cauce a las denuncias o reclamaciones.
El art. 46 establece que los planes de igualdad deben contener:
📖 Art. 46 LO 3/2007
Explicación: El art. 46 define los planes de igualdad como un conjunto ordenado de medidas, adoptadas tras un diagnóstico de situación, en materias como el proceso de selección y contratación, la clasificación profesional, la promoción, la formación, las retribuciones o la prevención del acoso.
El art. 14 enumera, entre los criterios generales de actuación de los poderes públicos:
📖 Art. 14 LO 3/2007
Explicación: El art. 14 fija como criterios generales de actuación de los poderes públicos el compromiso con la efectividad del derecho a la igualdad, la integración del principio de igualdad de trato y de oportunidades y la eliminación de toda forma de discriminación de la mujer.
El art. 16 dispone que los poderes públicos procurarán, en los nombramientos de órganos directivos, atender al principio de:
📖 Art. 16 LO 3/2007
Explicación: El art. 16 establece que los poderes públicos procurarán atender al principio de presencia equilibrada de mujeres y hombres en los nombramientos y designaciones de los cargos de responsabilidad que les correspondan.
El art. 41 considera ilícita la publicidad que:
📖 Art. 41 LO 3/2007
Explicación: El art. 41 declara ilícita la publicidad que utilice la imagen de la mujer (o del hombre) con carácter vejatorio o discriminatorio, remitiéndose a la Ley General de Publicidad.
El art. 23 se refiere a la igualdad efectiva de mujeres y hombres en el ámbito de:
📖 Art. 23 LO 3/2007
Explicación: El art. 23 dispone que el sistema educativo incluirá entre sus fines la educación en el respeto de los derechos y libertades fundamentales y en la igualdad de derechos y oportunidades entre mujeres y hombres.
El Plan Estratégico de Igualdad de Oportunidades, previsto en el art. 17, lo aprueba:
📖 Art. 17 LO 3/2007
Explicación: El art. 17 prevé que el Gobierno, en las materias que sean de la competencia del Estado, apruebe periódicamente un Plan Estratégico de Igualdad de Oportunidades que incluya medidas para alcanzar el objetivo de igualdad.
La presencia equilibrada de mujeres y hombres recomendada para los consejos de administración de determinadas sociedades se recoge en su:
📖 Art. 75 LO 3/2007
Explicación: El art. 75 establece que las sociedades obligadas a presentar cuenta de pérdidas y ganancias no abreviada procurarán incluir en su consejo de administración un número de mujeres que permita alcanzar una presencia equilibrada de mujeres y hombres.