Test: Régimen Jurídico del Sector Público (Ley 40/2015) — Ayudante de Instituciones Penitenciarias | 25 preguntas

Practica la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP): su objeto, los principios generales de actuación, la competencia y su carácter irrenunciable, la delegación y la avocación, la encomienda de gestión y la delegación de firma, los motivos de abstención y recusación, los órganos colegiados, la responsabilidad patrimonial de las Administraciones públicas, los convenios y los principios de las relaciones interadministrativas.

⚖️ Fuente: Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (BOE-A-2015-10566) · 25 preguntas

Pregunta 1 de 25
¿Cuál es el objeto de la Ley 40/2015, según su art. 1?
📖 Ley 40/2015 — art. 1
Explicación: El art. 1 establece que la ley regula las bases del régimen jurídico de las Administraciones públicas, los principios del sistema de responsabilidad de las AAPP y de la potestad sancionadora, así como la organización y funcionamiento de la Administración General del Estado y de su sector público institucional.
¿Cuál de los siguientes es un principio general de actuación recogido en el art. 3?
📖 Ley 40/2015 — art. 3
Explicación: El art. 3 enumera los principios generales: las Administraciones sirven con objetividad los intereses generales y actúan conforme a los principios de servicio efectivo a los ciudadanos, buena fe, confianza legítima, eficacia, eficiencia, jerarquía, descentralización, coordinación y sometimiento pleno a la Constitución, a la ley y al Derecho.
Según el art. 8, la competencia es:
📖 Ley 40/2015 — art. 8
Explicación: El art. 8 establece que la competencia es irrenunciable y se ejercerá por los órganos administrativos que la tengan atribuida como propia, salvo los casos de delegación o avocación, cuando se efectúen en los términos previstos en esta u otras leyes.
En la delegación de competencias (art. 9):
📖 Ley 40/2015 — art. 9
Explicación: El art. 9 regula la delegación de competencias: el órgano delegante conserva la titularidad de la competencia, la delegación es revocable en cualquier momento y las resoluciones administrativas que se adopten por delegación indicarán expresamente esta circunstancia y se considerarán dictadas por el órgano delegante.
La avocación (art. 10) consiste en que un órgano superior:
📖 Ley 40/2015 — art. 10
Explicación: El art. 10 dispone que los órganos superiores podrán avocar para sí el conocimiento de uno o varios asuntos cuya resolución corresponda ordinariamente o por delegación a sus órganos administrativos dependientes, cuando circunstancias de índole técnica, económica, social, jurídica o territorial lo hagan conveniente, mediante acuerdo motivado que deberá notificarse a los interesados.
La encomienda de gestión (art. 11) implica que:
📖 Ley 40/2015 — art. 11
Explicación: El art. 11 establece que la realización de actividades de carácter material o técnico de la competencia de los órganos administrativos o entidades de Derecho público podrá ser encomendada a otros órganos o entidades de la misma o de distinta Administración, por razones de eficacia o cuando no se posean los medios técnicos idóneos, sin que ello suponga cesión de la titularidad de la competencia.
La delegación de firma (art. 12):
📖 Ley 40/2015 — art. 12
Explicación: El art. 12 dispone que los titulares de los órganos administrativos podrán, en materia de su competencia, delegar la firma de sus resoluciones y actos administrativos en los titulares de los órganos o unidades dependientes, sin que ello altere la competencia del órgano delegante y sin que pueda recaer en las resoluciones de carácter sancionador.
¿Cuál de estos es un motivo de abstención según el art. 23?
📖 Ley 40/2015 — art. 23
Explicación: El art. 23 enumera como motivos de abstención, entre otros, tener interés personal en el asunto, tener parentesco de consanguinidad dentro del cuarto grado o de afinidad dentro del segundo, tener amistad íntima o enemistad manifiesta, o haber intervenido como perito o testigo en el procedimiento de que se trate.
Según el art. 24, la recusación de quien debiera abstenerse puede ser promovida por:
📖 Ley 40/2015 — art. 24
Explicación: El art. 24 dispone que en los casos previstos en el art. 23 podrá promoverse la recusación por los interesados en cualquier momento de la tramitación del procedimiento, planteándose por escrito en el que se exprese la causa o causas en que se funda.
Para que proceda la responsabilidad patrimonial de la Administración (art. 32), la lesión debe ser, entre otros requisitos:
📖 Ley 40/2015 — art. 32
Explicación: El art. 32 reconoce el derecho de los particulares a ser indemnizados por toda lesión que sufran en sus bienes y derechos siempre que sea consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos, salvo los casos de fuerza mayor; el daño ha de ser efectivo, evaluable económicamente e individualizado y el particular no debe tener el deber jurídico de soportarlo.
Los convenios suscritos por las Administraciones públicas (art. 47 y ss.) se definen como:
📖 Ley 40/2015 — art. 47
Explicación: El art. 47 define los convenios como acuerdos con efectos jurídicos adoptados por las Administraciones públicas, los organismos y entidades de derecho público o las Universidades públicas entre sí o con sujetos de derecho privado para un fin común, excluyendo expresamente los que tengan por objeto prestaciones propias de los contratos, que se regirán por la legislación de contratos del sector público.
Según el art. 140, las relaciones entre las distintas Administraciones públicas se rigen por principios como:
📖 Ley 40/2015 — art. 140
Explicación: El art. 140 establece que las Administraciones públicas se relacionan entre sí conforme a los principios de lealtad institucional, adecuación al orden de distribución de competencias, colaboración, cooperación, coordinación, eficiencia en la gestión, responsabilidad y garantía e igualdad en el ejercicio de los derechos de todos los ciudadanos.
Según el art. 4 de la Ley 40/2015, cuando las Administraciones establezcan medidas que limiten el ejercicio de derechos deberán:
📖 Ley 40/2015 — art. 4
Explicación: El art. 4 de la LRJSP exige que, al limitar derechos individuales o colectivos, las Administraciones apliquen el principio de proporcionalidad, eligiendo la medida menos restrictiva, motivando su necesidad y justificando su adecuación a los fines, evaluando periódicamente sus efectos.
El art. 6 de la Ley 40/2015 dispone que los órganos administrativos podrán dirigir las actividades de sus órganos jerárquicamente dependientes mediante:
📖 Ley 40/2015 — art. 6
Explicación: El art. 6 de la LRJSP faculta a los órganos administrativos para dirigir las actividades de sus órganos jerárquicamente dependientes mediante instrucciones y órdenes de servicio; su incumplimiento no afecta a la validez de los actos, sin perjuicio de la responsabilidad disciplinaria en que se incurra.
Conforme al art. 13 de la Ley 40/2015, la suplencia de los titulares de los órganos administrativos procede en los supuestos de:
📖 Ley 40/2015 — art. 13
Explicación: El art. 13 de la LRJSP prevé que los titulares de los órganos administrativos podrán ser suplidos temporalmente en los supuestos de vacante, ausencia o enfermedad, así como en los casos de abstención o recusación; de no designarse suplente, la competencia la ejercerá quien designe el órgano superior inmediato.
Según el art. 35 de la Ley 40/2015, los particulares tendrán derecho a ser indemnizados por las Administraciones Públicas:
📖 Ley 40/2015 — art. 35
Explicación: El art. 32 y el art. 35 de la LRJSP configuran la responsabilidad de Derecho Público: los particulares tienen derecho a ser indemnizados por toda lesión que sufran en sus bienes y derechos siempre que sea consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos, salvo en los casos de fuerza mayor.
El art. 36 de la Ley 40/2015 establece que la Administración exigirá a sus autoridades y personal la responsabilidad en que hubieran incurrido cuando hayan causado daños:
📖 Ley 40/2015 — art. 36
Explicación: El art. 36 de la LRJSP dispone que la Administración, una vez indemnizado el particular, exigirá de oficio a sus autoridades y demás personal la responsabilidad en que hubieran incurrido cuando hubieran causado los daños por dolo, o culpa o negligencia graves, previa instrucción del procedimiento que reglamentariamente se establezca.
Conforme al art. 47 de la Ley 40/2015, los convenios son acuerdos con efectos jurídicos adoptados por las Administraciones que:
📖 Ley 40/2015 — art. 47
Explicación: El art. 47 de la LRJSP define los convenios como acuerdos con efectos jurídicos adoptados por las Administraciones Públicas, organismos o entidades de derecho público entre sí o con sujetos de derecho privado para un fin común, precisando que no podrán tener por objeto prestaciones propias de los contratos del sector público.
Según el art. 140 de la Ley 40/2015, las relaciones entre las distintas Administraciones se rigen, entre otros, por el principio de:
📖 Ley 40/2015 — art. 140
Explicación: El art. 140 de la LRJSP enumera como principios de las relaciones interadministrativas la lealtad institucional, la adecuación al orden de distribución de competencias, la colaboración, la cooperación, la coordinación, la eficiencia y la responsabilidad de cada Administración en el cumplimiento de sus obligaciones.
El art. 141 de la Ley 40/2015 impone a las Administraciones Públicas, en el ejercicio del deber de colaboración, entre otros:
📖 Ley 40/2015 — art. 141
Explicación: El art. 141 de la LRJSP concreta el deber de colaboración entre Administraciones: respetar el ejercicio legítimo de competencias ajenas, ponderar los intereses públicos implicados, facilitar la información que precisen y prestar la asistencia que les soliciten.
Conforme al art. 3 de la Ley 40/2015, las Administraciones sirven con objetividad los intereses generales y actúan de acuerdo con el principio de:
📖 Ley 40/2015 — art. 3
Explicación: El art. 3 de la LRJSP recoge entre los principios generales de actuación el servicio efectivo a los ciudadanos, la eficacia, la jerarquía, la descentralización, la buena fe, la confianza legítima, la lealtad institucional, la responsabilidad y la transparencia.
Según el art. 8 de la Ley 40/2015, la competencia es:
📖 Ley 40/2015 — art. 8
Explicación: El art. 8 de la LRJSP dispone que la competencia es irrenunciable y se ejercerá por los órganos administrativos que la tengan atribuida como propia, salvo los casos de delegación o avocación cuando se efectúen en los términos previstos legalmente.
El art. 9 de la Ley 40/2015 regula la delegación de competencias, precisando que NO podrán delegarse:
📖 Ley 40/2015 — art. 9
Explicación: El art. 9 de la LRJSP permite a los órganos delegar el ejercicio de competencias en otros órganos de la misma Administración, pero excluye, entre otras, las relativas a relaciones con la Jefatura del Estado, Cortes Generales o asambleas, la adopción de disposiciones de carácter general y la resolución de recursos en órganos que dictaron los actos impugnados.
Conforme al art. 10 de la Ley 40/2015, la avocación consiste en que un órgano superior:
📖 Ley 40/2015 — art. 10
Explicación: El art. 10 de la LRJSP regula la avocación: los órganos superiores podrán avocar para sí el conocimiento de uno o varios asuntos cuya resolución corresponda ordinariamente o por delegación a sus órganos administrativos dependientes, cuando circunstancias de índole técnica, económica, social, jurídica o territorial lo hagan conveniente, mediante acuerdo motivado.
Según el art. 32 de la Ley 40/2015, para que exista responsabilidad patrimonial, el daño alegado debe ser:
📖 Ley 40/2015 — art. 32
Explicación: El art. 32 de la LRJSP exige, para que proceda la responsabilidad patrimonial, que el daño sea efectivo, evaluable económicamente e individualizado con relación a una persona o grupo de personas, y que el particular no tenga el deber jurídico de soportarlo.

⚠️ Preguntas basadas en textos y fuentes oficiales (Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP)). Verifica siempre la normativa vigente y la convocatoria oficial en el BOE.

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