El fin de reeducación y reinserción social (art. 1 LOGP y art. 25.2 CE), la separación de internos (art. 16), el sistema de individualización científica y sus grados (art. 72), el Juez de Vigilancia Penitenciaria (art. 76) y el trabajo y las comunicaciones de los internos.
⚖️ Fuente: LO 1/1979 General Penitenciaria (BOE-A-1979-23708) + Constitución Española · 25 preguntas
Pregunta 1 de 25
¿Cuál es el fin primordial de las instituciones penitenciarias según el art. 1 LOGP?
📖 Art. 1 LO 1/1979
Explicación: El art. 1 LOGP establece que las instituciones penitenciarias tienen como fin primordial la reeducación y la reinserción social de los sentenciados a penas y medidas penales privativas de libertad, así como la retención y custodia de detenidos, presos y penados.
Según el art. 25.2 CE, las penas privativas de libertad y las medidas de seguridad estarán orientadas hacia:
📖 Art. 25.2 CE
Explicación: El art. 25.2 CE dispone que las penas privativas de libertad y las medidas de seguridad estarán orientadas hacia la reeducación y reinserción social, principio que recoge y desarrolla la LOGP.
¿Bajo qué principio se ejerce la actividad penitenciaria respecto de los internos según el art. 3 LOGP?
📖 Art. 3 LO 1/1979
Explicación: El art. 3 LOGP establece que la actividad penitenciaria se ejercerá respetando la personalidad humana de los recluidos y los derechos e intereses jurídicos de los mismos no afectados por la condena.
Según el art. 72.1 LOGP, ¿conforme a qué sistema se ejecutan las penas privativas de libertad?
📖 Art. 72.1 LO 1/1979
Explicación: El art. 72.1 LOGP dispone que las penas privativas de libertad se ejecutarán según el sistema de individualización científica, separado en grados, el último de los cuales será el de libertad condicional.
¿Cuál es el último de los grados del sistema de individualización científica según el art. 72.1 LOGP?
📖 Art. 72.1 LO 1/1979
Explicación: El art. 72.1 LOGP señala que el sistema de individualización científica está separado en grados, el último de los cuales será el de libertad condicional, conforme determina el Código Penal.
¿A quién corresponde, conforme al art. 76 LOGP, salvaguardar los derechos de los internos y corregir abusos y desviaciones?
📖 Art. 76.1 LO 1/1979
Explicación: El art. 76.1 LOGP atribuye al Juez de Vigilancia Penitenciaria, además de las funciones de ejecución de las penas privativas de libertad, la de salvaguardar los derechos de los internos y corregir los abusos y desviaciones que puedan producirse.
Según el art. 16 LOGP, ¿con arreglo a qué criterios se realiza la separación de los internos?
📖 Art. 16 LO 1/1979
Explicación: El art. 16 LOGP establece que los internos serán separados teniendo en cuenta su sexo, emotividad, edad, antecedentes, estado físico y mental y, respecto de los penados, las exigencias del tratamiento.
¿Qué establecimientos penitenciarios distingue principalmente la LOGP en sus arts. 7 a 11?
📖 Arts. 7-11 LO 1/1979
Explicación: Los arts. 7 a 11 LOGP distinguen los establecimientos penitenciarios en: de preventivos, de cumplimiento de penas (de régimen ordinario y abierto) y especiales (hospitalarios, psiquiátricos y de rehabilitación social).
Según el art. 25.2 CE, el condenado a pena de prisión que estuviere cumpliendo la misma gozará de:
📖 Art. 25.2 CE
Explicación: El art. 25.2 CE reconoce que el condenado gozará de los derechos fundamentales de este Capítulo, a excepción de los que se vean expresamente limitados por el contenido del fallo condenatorio, el sentido de la pena y la ley penitenciaria.
El trabajo penitenciario, según el art. 26 LOGP, se considera:
📖 Art. 26 LO 1/1979
Explicación: El art. 26 LOGP configura el trabajo como un derecho y un deber del interno, siendo un elemento fundamental del tratamiento, no teniendo carácter aflictivo ni pudiendo ser aplicado como medida de corrección.
¿Qué régimen de comunicaciones reconoce el art. 51 LOGP a los internos?
📖 Art. 51 LO 1/1979
Explicación: El art. 51 LOGP reconoce a los internos el derecho a comunicar periódicamente, de forma oral y escrita, con sus familiares, amigos y representantes acreditados, salvo en los casos de incomunicación judicial.
La clasificación o asignación inicial de grado a los penados, conforme a la LOGP y su Reglamento, corresponde a:
📖 Art. 72 LO 1/1979 + RD 190/1996
Explicación: Conforme al art. 72 LOGP y al Reglamento Penitenciario (RD 190/1996), la clasificación inicial en grado corresponde a la Administración penitenciaria, pudiendo el interno recurrir ante el Juez de Vigilancia Penitenciaria.
Según el art. 2 LOGP, ¿con qué límites se desarrolla la actividad penitenciaria?
📖 Art. 2 LO 1/1979
Explicación: El art. 2 LOGP dispone que la actividad penitenciaria se desarrollará con las garantías y dentro de los límites establecidos por la Ley, los reglamentos y las sentencias judiciales.
Conforme al art. 15.2 LOGP, ¿qué se abre a cada interno a su ingreso?
📖 Art. 15.2 LO 1/1979
Explicación: El art. 15.2 LOGP establece que a cada interno se le abrirá un expediente personal relativo a su situación procesal y penitenciaria del que tendrá derecho a ser informado, así como un protocolo de personalidad.
Según el art. 23 LOGP, los registros, cacheos y requisas se efectuarán siempre:
📖 Art. 23 LO 1/1979
Explicación: El art. 23 LOGP exige que los registros, cacheos, recuentos y requisas se efectúen en los casos, con las garantías y periodicidad reglamentarias y siempre dentro del respeto a la dignidad de la persona.
De acuerdo con el art. 36 LOGP, ¿con qué asistencia debe contar cada centro penitenciario?
📖 Art. 36 LO 1/1979
Explicación: El art. 36 LOGP dispone que en cada centro existirá al menos un médico general con conocimientos psiquiátricos, encargado de cuidar de la salud física y mental de los internos, además del servicio sanitario correspondiente.
Según el art. 41.1 LOGP, ¿a qué está dirigido el régimen disciplinario de los reclusos?
📖 Art. 41.1 LO 1/1979
Explicación: El art. 41.1 LOGP señala que el régimen disciplinario estará dirigido a garantizar la seguridad y el buen orden regimental y a conseguir una convivencia ordenada.
Conforme al art. 42 LOGP, la sanción de aislamiento en celda no podrá exceder de:
📖 Art. 42.2 LO 1/1979
Explicación: El art. 42.2 LOGP establece que la sanción de aislamiento en celda no podrá exceder de catorce días.
Según el art. 45 LOGP, los medios coercitivos solo podrán utilizarse:
📖 Art. 45 LO 1/1979
Explicación: El art. 45 LOGP permite el uso de medios coercitivos solo en supuestos tasados (evitar evasión, violencia, daños o resistencia activa), cuando no exista otra manera menos gravosa y por el tiempo estrictamente necesario.
De acuerdo con el art. 50 LOGP, los internos tienen derecho a:
📖 Art. 50.1 LO 1/1979
Explicación: El art. 50.1 LOGP reconoce a los internos el derecho a formular peticiones y quejas relativas a su tratamiento o al régimen del establecimiento ante el Director, que podrán hacer llegar, en su caso, a las autoridades u organismos competentes.
Según el art. 47 LOGP, los permisos de salida extraordinarios pueden concederse por:
📖 Art. 47.1 LO 1/1979
Explicación: El art. 47.1 LOGP prevé permisos de salida extraordinarios por fallecimiento o enfermedad grave de padres, cónyuge, hijos, hermanos y personas íntimamente vinculadas, alumbramiento de la esposa, así como por importantes y comprobados motivos, con las medidas de seguridad adecuadas.
¿En qué consiste el tratamiento penitenciario según el art. 59.1 LOGP?
📖 Art. 59.1 LO 1/1979
Explicación: El art. 59.1 LOGP define el tratamiento penitenciario como el conjunto de actividades directamente dirigidas a la consecución de la reeducación y reinserción social de los penados.
Según el art. 63 LOGP, la clasificación del penado supone destinarle:
📖 Art. 63 LO 1/1979
Explicación: El art. 63 LOGP dispone que, tras la adecuada observación de cada penado, se realizará su clasificación destinándole al establecimiento cuyo régimen sea más adecuado al tratamiento, conforme al sistema de individualización científica.
De acuerdo con el art. 65 LOGP, la evolución en el tratamiento determina:
📖 Art. 65 LO 1/1979
Explicación: El art. 65 LOGP establece que la evolución en el tratamiento determinará una nueva clasificación del interno, que podrá suponer la progresión o, en su caso, la regresión de grado.
Según el art. 49 LOGP, ¿qué conductas del interno se estimulan mediante recompensas?
📖 Art. 49.1 LO 1/1979
Explicación: El art. 49.1 LOGP dispone que los actos que pongan de relieve buena conducta, espíritu de trabajo y sentido de responsabilidad en el comportamiento personal y en las actividades del establecimiento serán estimulados mediante un sistema de recompensas reglamentariamente determinado.
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