Test: Ley de Contratos del Sector Público (Ley 9/2017) — Auxiliar Administrativo del Estado | 25 preguntas

Practica la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público (LCSP): su objeto y los principios de la contratación pública, los tipos de contratos administrativos (obras, suministro, servicios, concesión de obras y de servicios), el contrato menor y sus umbrales, los procedimientos de adjudicación, los criterios de adjudicación, el perfil de contratante, la garantía definitiva, la mesa de contratación, las prohibiciones de contratar y el recurso especial en materia de contratación.

⚖️ Fuente: Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (BOE-A-2017-12902) · 25 preguntas

Pregunta 1 de 25
¿Cuál es el objeto de la Ley 9/2017, según su art. 1?
📖 Ley 9/2017 — art. 1
Explicación: El art. 1 establece que la ley tiene por objeto regular la contratación del sector público, a fin de garantizar que se ajusta a los principios de libertad de acceso a las licitaciones, publicidad y transparencia de los procedimientos, no discriminación e igualdad de trato entre los licitadores, y de asegurar una eficiente utilización de los fondos destinados a la realización de obras, la adquisición de bienes y la contratación de servicios.
¿Cuál de los siguientes NO es un tipo de contrato administrativo típico regulado en la LCSP (arts. 13 a 18)?
📖 Ley 9/2017 — arts. 13-18
Explicación: La LCSP regula como contratos típicos los de obras (art. 13), concesión de obras (art. 14), concesión de servicios (art. 15), suministro (art. 16) y servicios (art. 17). El arrendamiento financiero de una vivienda particular no es un contrato del sector público de los regulados en estos artículos.
Según el art. 118, se consideran contratos menores los de valor estimado inferior a:
📖 Ley 9/2017 — art. 118
Explicación: El art. 118 define como contratos menores los de valor estimado inferior a 40.000 euros cuando se trate de contratos de obras, o a 15.000 euros cuando se trate de contratos de suministro o de servicios, sin perjuicio de lo dispuesto para contratos de servicios y suministros que tengan por objeto prestaciones de carácter intelectual.
Conforme al art. 29.8, el contrato menor:
📖 Ley 9/2017 — art. 29.8
Explicación: El art. 29.8 dispone que los contratos menores no podrán tener una duración superior a un año ni ser objeto de prórroga, conforme a lo establecido en el art. 118 para esta categoría de contratos.
Según el art. 131, los procedimientos ordinarios de adjudicación son:
📖 Ley 9/2017 — art. 131
Explicación: El art. 131 establece que la adjudicación se realizará ordinariamente utilizando el procedimiento abierto o el restringido; el negociado, el diálogo competitivo y la asociación para la innovación se podrán utilizar solo en los supuestos expresamente previstos en la ley.
Para seleccionar la mejor oferta, el art. 145 dispone que la adjudicación se realizará atendiendo a:
📖 Ley 9/2017 — art. 145
Explicación: El art. 145 establece que la adjudicación de los contratos se realizará utilizando una pluralidad de criterios de adjudicación en base a la mejor relación calidad-precio, que se evaluará con arreglo a criterios económicos y cualitativos; cuando solo se utilice un criterio, este deberá estar relacionado con los costes (precio o coste-eficacia).
El perfil de contratante, regulado en el art. 63, es:
📖 Ley 9/2017 — art. 63
Explicación: El art. 63 obliga a los órganos de contratación a difundir, a través de su perfil de contratante alojado en la Plataforma de Contratación del Sector Público, su actividad contractual: anuncios, pliegos, adjudicaciones, formalizaciones y demás información, garantizando la transparencia y el acceso público a la información.
La garantía definitiva que debe constituir el adjudicatario, según el art. 107, será, con carácter general, de un:
📖 Ley 9/2017 — art. 107
Explicación: El art. 107 establece que la garantía definitiva será del 5 por 100 del precio final ofertado por el licitador que presente la mejor oferta, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido; en casos especiales el órgano de contratación podrá fijar una garantía complementaria de hasta un 5 por 100 adicional.
La mesa de contratación, conforme al art. 326, es:
📖 Ley 9/2017 — art. 326
Explicación: El art. 326 configura la mesa de contratación como un órgano de asistencia técnica especializada del órgano de contratación: le corresponde la valoración de las ofertas, la calificación de la documentación y la formulación de la propuesta de adjudicación, estando compuesta por un presidente, los vocales que se determinen y un secretario.
¿Cuál de las siguientes es una prohibición para contratar con el sector público según el art. 71?
📖 Ley 9/2017 — art. 71
Explicación: El art. 71 enumera las prohibiciones de contratar, entre ellas haber sido condenado por sentencia firme por delitos de corrupción, fraude, terrorismo, prevaricación, cohecho o delitos contra la Hacienda Pública, no hallarse al corriente de obligaciones tributarias o de Seguridad Social, o estar incurso en supuestos de incompatibilidad de la normativa vigente.
El recurso especial en materia de contratación, regulado en el art. 44, tiene carácter:
📖 Ley 9/2017 — art. 44
Explicación: El art. 44 regula el recurso especial en materia de contratación, de carácter potestativo y gratuito, previo a la interposición del recurso contencioso-administrativo, frente a determinados actos (anuncios de licitación, pliegos, actos de trámite cualificados, acuerdos de adjudicación, etc.) de los contratos que superan los umbrales que la propia ley fija.
Según el art. 65, para contratar con el sector público los empresarios deberán:
📖 Ley 9/2017 — art. 65
Explicación: El art. 65 exige que solo podrán contratar con el sector público las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en alguna prohibición de contratar y acrediten su solvencia económica y financiera y técnica o profesional, o cuenten, en su caso, con la clasificación exigida.
Según el art. 25 de la Ley 9/2017, tienen la consideración de contratos administrativos:
📖 Ley 9/2017 — art. 25
Explicación: El art. 25 califica como contratos administrativos los celebrados por una Administración Pública que tengan por objeto obras, concesión de obras, concesión de servicios, suministro o servicios (salvo los excluidos), así como los de objeto distinto cuando tengan naturaleza administrativa especial por estar vinculados al giro o tráfico específico de la Administración.
Conforme al art. 26 de la Ley 9/2017, son contratos privados:
📖 Ley 9/2017 — art. 26
Explicación: El art. 26 considera contratos privados, entre otros, los que celebren las Administraciones Públicas cuyo objeto sea servicios financieros, la creación e interpretación artística y literaria o espectáculos, la suscripción a revistas, publicaciones periódicas y bases de datos, así como los celebrados por entes del sector público que no sean Administración Pública.
El art. 28 de la Ley 9/2017, sobre necesidad e idoneidad del contrato, exige que las entidades del sector público:
📖 Ley 9/2017 — art. 28
Explicación: El art. 28 establece que las entidades del sector público no podrán celebrar otros contratos que aquellos que sean necesarios para el cumplimiento y realización de sus fines institucionales, debiendo dejar constancia en la documentación preparatoria de la naturaleza y extensión de las necesidades que pretenden cubrirse y de la idoneidad del objeto y contenido del contrato.
Según el art. 99 de la Ley 9/2017, el objeto del contrato:
📖 Ley 9/2017 — art. 99
Explicación: El art. 99 exige que el objeto del contrato sea determinado y prevé, con carácter general, la división del objeto en lotes, salvo que existan motivos válidos que deberán justificarse; no podrá fraccionarse un contrato con la finalidad de disminuir su cuantía y eludir los requisitos de publicidad o los procedimientos de adjudicación.
El presupuesto base de licitación, regulado en el art. 100 de la Ley 9/2017, es:
📖 Ley 9/2017 — art. 100
Explicación: El art. 100 define el presupuesto base de licitación como el límite máximo de gasto que en virtud del contrato puede comprometer el órgano de contratación, incluido el IVA, que deberá figurar como partida independiente. Se distingue del valor estimado (sin IVA) del art. 101.
Conforme al art. 101 de la Ley 9/2017, el valor estimado del contrato se calcula:
📖 Ley 9/2017 — art. 101
Explicación: El art. 101 establece que el valor estimado vendrá determinado por el importe total, sin incluir el IVA, pagadero según las estimaciones del órgano de contratación, teniendo en cuenta cualquier forma de opción eventual, las prórrogas del contrato, las primas o pagos a los candidatos y los importes de las modificaciones previstas.
El expediente de contratación, según el art. 116 de la Ley 9/2017, se inicia:
📖 Ley 9/2017 — art. 116
Explicación: El art. 116 dispone que la celebración de contratos por las Administraciones Públicas requerirá la previa tramitación del correspondiente expediente, que se iniciará por el órgano de contratación motivando la necesidad del contrato en los términos del art. 28 y que deberá ser publicado en el perfil de contratante.
Los pliegos de cláusulas administrativas particulares, regulados en el art. 122 de la Ley 9/2017, contienen:
📖 Ley 9/2017 — art. 122
Explicación: El art. 122 establece que los pliegos de cláusulas administrativas particulares incluirán los pactos y condiciones definidores de los derechos y obligaciones de las partes del contrato y las demás menciones requeridas por la ley y sus normas de desarrollo. Su aprobación corresponde al órgano de contratación.
El pliego de prescripciones técnicas, según el art. 124 de la Ley 9/2017, define:
📖 Ley 9/2017 — art. 124
Explicación: El art. 124 regula el pliego de prescripciones técnicas, que recoge las características técnicas de las prestaciones objeto del contrato. Estas prescripciones deben permitir el acceso en condiciones de igualdad de los licitadores, sin que puedan tener por efecto la creación de obstáculos injustificados a la competencia.
Conforme al art. 150 de la Ley 9/2017, una vez clasificadas las ofertas, el órgano de contratación:
📖 Ley 9/2017 — art. 150
Explicación: El art. 150 establece que la mesa o, en su defecto, el órgano de contratación, clasificará por orden decreciente las proposiciones presentadas y requerirá al licitador que haya presentado la mejor oferta para que, en el plazo de diez días hábiles, presente la documentación justificativa (capacidad, solvencia, hallarse al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y constitución de la garantía definitiva).
Según el art. 153 de la Ley 9/2017, en los contratos susceptibles de recurso especial, la formalización no podrá efectuarse antes de que transcurran:
📖 Ley 9/2017 — art. 153
Explicación: El art. 153 dispone que en los contratos susceptibles de recurso especial en materia de contratación, la formalización no podrá efectuarse antes de que transcurran quince días hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos, para permitir, en su caso, la interposición del recurso.
El art. 159 de la Ley 9/2017 regula:
📖 Ley 9/2017 — art. 159
Explicación: El art. 159 regula el procedimiento abierto simplificado, que puede utilizarse en contratos de obras, suministro y servicios cuando el valor estimado no supere los umbrales que la ley fija y los criterios de adjudicación evaluables automáticamente representen una parte preponderante; existe además una variante "supersimplificada" o abreviada para contratos de menor cuantía.
Según el art. 198 de la Ley 9/2017, la Administración debe abonar el precio dentro de los:
📖 Ley 9/2017 — art. 198
Explicación: El art. 198 establece que la Administración tendrá la obligación de abonar el precio dentro de los treinta días siguientes a la fecha de aprobación de las certificaciones de obra o de los documentos que acrediten la conformidad con lo dispuesto en el contrato; transcurrido ese plazo, deberá abonar al contratista los intereses de demora y la indemnización por los costes de cobro.

⚠️ Preguntas basadas en textos y fuentes oficiales (Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público (LCSP)). Verifica siempre la normativa vigente y la convocatoria oficial en el BOE.

Sigue practicando