Test: Ley 30/1992 Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas — Auxiliar Administrativo | 25 preguntas
Repasa la Ley 30/1992: concepto de Administración Pública, acto administrativo, procedimiento administrativo, recursos administrativos, responsabilidad de la Administración Pública, bienes y patrimonio, contratación. Cada pregunta cita el artículo exacto.
⚖️ Fuente: Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de la Administración Común del Sector Público · 25 preguntas
Pregunta 1 de 25
¿A qué se refiere el concepto de Administración Pública según el art. 1 de la Ley 30/1992?
📖 Art. 1 Ley 30/1992
Explicación: El art. 1 establece que la presente ley se aplica a la Administración General del Estado, a las Administraciones de las Comunidades Autónomas, a las Entidades que componen la Administración Local y al Sector Público Institucional en los términos que se definen en la ley.
Según el art. 3 de la Ley 30/1992, la actuación de la Administración Pública debe basarse en…
📖 Art. 3 Ley 30/1992
Explicación: El art. 3 establece que la actuación de la Administración Pública se someterá a la Ley y al Derecho, actuará con arreglo a los principios de legalidad, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la Ley y al Derecho.
¿Cuál es la definición de acto administrativo según el art. 34 de la Ley 30/1992?
📖 Art. 34 Ley 30/1992
Explicación: El art. 34 define el acto administrativo como la manifestación de voluntad realizada en el ejercicio de la potestad administrativa que produce efectos jurídicos sobre un tercero.
Los actos administrativos, según el art. 39 de la Ley 30/1992, pueden ser anulados por…
📖 Art. 39 Ley 30/1992
Explicación: El art. 39 establece que la Administración, por razones de ilegalidad, puede proceder de oficio a la revisión de sus actos administrativos, pudiendo anular los que sean contrarios a derecho.
El recurso de alzada, según el art. 114 de la Ley 30/1992, se interpone ante…
📖 Art. 114 Ley 30/1992
Explicación: El art. 114 establece que el recurso de alzada se interpondrá ante el órgano del que haya dictado el acto que se impugna, el cual lo elevará a su superior jerárquico si lo estima procedente o lo resolverá desestimándolo.
El plazo máximo para resolver un procedimiento administrativo, según el art. 42 de la Ley 30/1992, es…
📖 Art. 42 Ley 30/1992
Explicación: El art. 42 establece que los procedimientos administrativos se desarrollarán en plazo máximo de tres meses, salvo que una norma específica establezca un plazo menor.
La invalidez de los actos administrativos, según el art. 47 de la Ley 30/1992, puede ser…
📖 Art. 47 Ley 30/1992
Explicación: El art. 47 establece que los actos administrativos nulos de pleno derecho son aquellos que incurren en cualquiera de las causas de nulidad absoluta establecidas en el ordenamiento jurídico.
Los bienes del dominio público, según el art. 132 de la Ley 30/1992, son inalienables…
📖 Art. 132 Ley 30/1992
Explicación: El art. 132 establece que los bienes del dominio público son inalienables mientras conserven esta naturaleza, salvo supuestos extraordinarios de prescripción adquisitiva.
La prescripción de las acciones para ejercitar potestad sancionadora, según el art. 133 bis de la Ley 30/1992, caduca en…
📖 Art. 133 bis Ley 30/1992
Explicación: El art. 133 bis establece que la potestad sancionadora de la Administración Pública se ejercitará en los términos previstos en este capítulo, prescribiendo en el plazo de tres años las acciones para ejercitarla.
La revisión de oficio según el art. 102 de la Ley 30/1992 es posible por…
📖 Art. 102 Ley 30/1992
Explicación: El art. 102 permite la revisión de oficio por motivos graves de orden público, ilegalidad manifiesta, error de cálculo o infracción grave del procedimiento que haya afectado el sentido de la resolución.
Conforme al art. 110 de la Ley 30/1992, el recurso de reposición…
📖 Art. 110 Ley 30/1992
Explicación: El art. 110 establece que el recurso de reposición es potestativo, se interpone ante el mismo órgano que dictó el acto impugnado y no tiene efectos suspensivos de la ejecución.
La nulidad de pleno derecho según el art. 62.1 de la Ley 30/1992 incluye…
📖 Art. 62.1 Ley 30/1992
Explicación: El art. 62.1 enumera los supuestos de nulidad de pleno derecho: falta de poder, incompetencia, infracción de procedimiento, indeterminación del destinatario, violación de derechos fundamentales, y otros supuestos graves establecidos por ley.
El art. 35 de la Ley 30/1992 reconocía a los ciudadanos, en sus relaciones con las Administraciones, el derecho a:
📖 Art. 35 Ley 30/1992
Explicación: El art. 35 de la Ley 30/1992 enumeraba los derechos de los ciudadanos, entre ellos conocer en cualquier momento el estado de la tramitación de los procedimientos en los que tengan la condición de interesados, identificar a las autoridades y al personal al servicio de las Administraciones, obtener copia sellada de los documentos que presenten y no presentar documentos no exigidos o que ya estuvieran en poder de la Administración.
Conforme al art. 54 de la Ley 30/1992, debían ser motivados, con sucinta referencia de hechos y fundamentos de derecho:
📖 Art. 54 Ley 30/1992
Explicación: El art. 54 de la Ley 30/1992 exigía motivar, con sucinta referencia de hechos y fundamentos de derecho, los actos que limitasen derechos subjetivos o intereses legítimos, los que resolviesen procedimientos de recurso o reclamación, los que se separasen del criterio seguido en actuaciones precedentes, los acuerdos de suspensión y las medidas provisionales, entre otros.
Según el art. 55 de la Ley 30/1992, los actos administrativos, como regla general, se producían:
📖 Art. 55 Ley 30/1992
Explicación: El art. 55 de la Ley 30/1992 establecía que los actos administrativos se producirán por escrito, a menos que su naturaleza exija o permita otra forma más adecuada de expresión y constancia. En los casos de actos producidos verbalmente, su constancia escrita se efectuaría conforme a lo previsto en el precepto.
El art. 57 de la Ley 30/1992 disponía que los actos de las Administraciones Públicas sujetos al Derecho Administrativo:
📖 Art. 57 Ley 30/1992
Explicación: El art. 57 de la Ley 30/1992 establecía que los actos de las Administraciones Públicas sujetos al Derecho Administrativo se presumirán válidos y producirán efectos desde la fecha en que se dicten, salvo que en ellos se disponga otra cosa; la eficacia podía quedar demorada cuando lo exigiera el contenido del acto o estuviera supeditada a su notificación, publicación o aprobación superior.
Conforme al art. 58 de la Ley 30/1992, debían notificarse a los interesados:
📖 Art. 58 Ley 30/1992
Explicación: El art. 58 de la Ley 30/1992 establecía que se notificarán a los interesados las resoluciones y actos administrativos que afecten a sus derechos e intereses, en los términos previstos en el artículo siguiente. Toda notificación debía cursarse en el plazo de diez días y contener el texto íntegro de la resolución, con indicación de los recursos procedentes.
El art. 70 de la Ley 30/1992 regulaba las solicitudes de iniciación, que debían contener:
📖 Art. 70 Ley 30/1992
Explicación: El art. 70 de la Ley 30/1992 disponía que las solicitudes que se formularan deberían contener el nombre y apellidos del interesado y, en su caso, de su representante; los hechos, razones y petición en que se concrete la solicitud; lugar y fecha; firma del solicitante; y el órgano, centro o unidad administrativa a la que se dirige.
Si una solicitud no reunía los requisitos exigidos, el art. 71 de la Ley 30/1992 preveía requerir al interesado para que subsanase en un plazo de:
📖 Art. 71 Ley 30/1992
Explicación: El art. 71 de la Ley 30/1992 establecía que, si la solicitud no reunía los requisitos exigidos, se requeriría al interesado para que en un plazo de diez días subsanara la falta o acompañara los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendría por desistido de su petición, previa resolución dictada en los términos del art. 42.
El trámite de audiencia a los interesados estaba regulado, en la Ley 30/1992, en el:
📖 Art. 84 Ley 30/1992
Explicación: El art. 84 de la Ley 30/1992 regulaba el trámite de audiencia: instruidos los procedimientos e inmediatamente antes de redactar la propuesta de resolución, se pondrían de manifiesto a los interesados para que, en un plazo no inferior a diez días ni superior a quince, alegaran y presentaran los documentos y justificaciones que estimaran pertinentes.
Según el art. 89 de la Ley 30/1992, la resolución que pusiera fin al procedimiento debía:
📖 Art. 89 Ley 30/1992
Explicación: El art. 89 de la Ley 30/1992 disponía que la resolución que pusiera fin al procedimiento decidiría todas las cuestiones planteadas por los interesados y aquellas otras derivadas del mismo; la resolución sería congruente con las peticiones formuladas, sin que en ningún caso pudiera agravar la situación inicial del interesado y sin perjuicio de la potestad de iniciar de oficio un nuevo procedimiento.
El art. 107 de la Ley 30/1992 regulaba el objeto y las clases de recursos administrativos, que eran:
📖 Art. 107 Ley 30/1992
Explicación: El art. 107 de la Ley 30/1992 establecía que contra las resoluciones y los actos de trámite cualificados podían interponerse los recursos de alzada y potestativo de reposición, fundados en cualquiera de los motivos de nulidad o anulabilidad previstos en los arts. 62 y 63; junto a ellos, la ley regulaba el recurso extraordinario de revisión.
El recurso extraordinario de revisión, en la Ley 30/1992, se regulaba en el art. 118 y procedía:
📖 Art. 118 Ley 30/1992
Explicación: El art. 118 de la Ley 30/1992 regulaba el recurso extraordinario de revisión, que se interponía contra los actos firmes en vía administrativa por motivos tasados: error de hecho que resultara de los propios documentos, aparición de documentos de valor esencial posteriores, documentos declarados falsos por sentencia firme, o resolución dictada como consecuencia de prevaricación, cohecho, violencia u otra conducta punible.
La responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas se regulaba en la Ley 30/1992 en el art. 139, que reconocía a los particulares:
📖 Art. 139 Ley 30/1992
Explicación: El art. 139 de la Ley 30/1992 establecía que los particulares tendrán derecho a ser indemnizados por las Administraciones Públicas correspondientes de toda lesión que sufran en cualquiera de sus bienes y derechos, salvo en los casos de fuerza mayor, siempre que la lesión sea consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos. El daño debía ser efectivo, evaluable económicamente e individualizado.
El derecho a reclamar la responsabilidad patrimonial prescribía, según el art. 142.5 de la Ley 30/1992, en el plazo de:
📖 Art. 142.5 Ley 30/1992
Explicación: El art. 142.5 de la Ley 30/1992 establecía que el derecho a reclamar prescribe al año de producido el hecho o el acto que motive la indemnización o de manifestarse su efecto lesivo. En caso de daños físicos o psíquicos a las personas, el plazo empezaría a computarse desde la curación o la determinación del alcance de las secuelas.